Nuevos retos para el comercio exterior: implicaciones de la Circular 002 de la DIAN sobre los OEA

El pasado 19 de agosto de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Circular 002, mediante la cual establece nuevas directrices relacionadas con los asociados de negocio de los Operadores Económicos Autorizados (OEA). Esta actualización introduce beneficios importantes, pero también mayores responsabilidades tanto para los usuarios actuales OEA como para quienes desean obtener esta autorización.

¿Qué es el programa OEA?

El OEA es una figura creada bajo los lineamientos de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), cuyo propósito es asegurar y facilitar el comercio internacional. En Colombia, la DIAN otorga esta autorización a importadores, exportadores, agencias de aduanas, puertos y operadores logísticos que demuestren altos estándares de seguridad, confiabilidad y cumplimiento normativo en sus operaciones.

Entre los principales beneficios del OEA se encuentran:

  • Simplificación de procesos aduaneros.
  • Pago consolidado de tributos.
  • Disminución o exoneración de garantías.
  • Priorización en controles y destinación de operaciones.
  • Trato preferencial en fronteras y aduanas.

Sin embargo, acceder a esta autorización implica superar un riguroso proceso de validación en el que la DIAN corrobora el cumplimiento de requisitos, especialmente en materia de seguridad en la cadena logística.

Asociados de negocio de los OEA: precisiones de la Circular 002

Uno de los puntos más relevantes de la nueva Circular está relacionado con los asociados de negocio, es decir, aquellas personas naturales o jurídicas con las que un OEA mantiene vínculos comerciales. Estos incluyen proveedores, clientes, contratistas, prestadores de servicios, puertos y aeropuertos, entre otros.

De acuerdo con la Circular 002, los OEA deberán:

  • Seleccionar y evaluar cuidadosamente a sus asociados de negocio.
  • Medir los niveles de riesgo derivados de estas relaciones.
  • Implementar medidas de seguridad para mitigar posibles vulnerabilidades en la cadena logística.

En comparación con la Circular 0006 de 2016, que dejaba dudas sobre quién debía considerarse asociado de negocio, la nueva normativa amplía y precisa el listado. Esto implica un nivel de exigencia superior, particularmente para agencias de aduanas, que deberán incluir dentro de su esquema de control a puertos y aeropuertos, entidades con altos protocolos de seguridad y restricciones de información.

Certificaciones y estándares de seguridad

Otro cambio significativo se refiere a la forma en que los asociados de negocio deben certificar su seguridad. La Circular 002 permite ahora que estas certificaciones sean físicas o electrónicas, e incluyan:

  • Obligaciones contractuales.
  • Cuestionarios y acuerdos de seguridad.
  • Procedimientos Operativos Estándar (SOP) o protocolos privados entre prestadores y receptores de servicios.

Un detalle a considerar es que la certificación deberá ser “expedida” por el representante legal del asociado de negocio, lo que abre un debate sobre si este término equivale jurídicamente a suscripción.

Retos jurídicos y prácticos de la Circular 002

Más allá de los aspectos técnicos, la Circular 002 plantea interrogantes jurídicos. Aunque se trata formalmente de una circular, su contenido tiene efectos de norma, lo que podría contradecir el principio de legalidad.

Surgen además preguntas relevantes:

  • ¿Los OEA ya autorizados deberán ajustar sus procesos de revalidación según la Circular 002?
  • ¿Qué ocurrirá con las solicitudes de autorización en curso?
  • ¿Cómo se armonizarán los altos estándares de seguridad de actores como puertos y aeropuertos con las nuevas obligaciones de documentación y certificación?

Estas inquietudes reflejan la necesidad de acompañamiento especializado en la implementación práctica de los cambios introducidos.

La Circular 002 de 2025 marca un nuevo capítulo en la regulación de los Operadores Económicos Autorizados en Colombia, al reforzar el rol de los asociados de negocio en la cadena logística internacional. Si bien fortalece la seguridad del comercio exterior, también representa retos significativos para empresas y autoridades aduaneras.

En DE LA ESPRIELLA LAWYERS contamos con un equipo especializado en derecho aduanero y comercio internacional que asesora a empresas importadoras, exportadoras y operadores logísticos en su adaptación a las exigencias de la DIAN, garantizando seguridad jurídica y eficiencia operativa en cada proceso.